¿Una autoridad extranjera exige una apostilla en su poder notarial? Encaminamos el documento a la cancillería competente, con la copia certificada notarial incluida — usted solo sube una copia.
Pedir una apostilla →Un poder que usted mismo redacta es un documento privado, y los documentos privados no pueden apostillarse directamente. Un notario debe autenticar primero su firma; la apostilla certifica después al notario, en el cantón de este. La cadena es corta pero el orden es fijo: firma, notario, cancillería.
Ninguno le abandona: un notario establece una copia certificada a partir de su PDF o foto y la apostilla se pone sobre esa copia — incluida en el precio. Si un destino exige el original apostillado, lo organizamos por certificado.
Si la autoridad receptora exige el poder notarial traducido, la traducción jurada también puede apostillarse. Indíquelo en las observaciones: coordinamos traducción y apostilla juntas.
Firmar antes de saber qué exige el destino. Muchos países imponen una redacción concreta, una lista determinada de facultades o la presencia de testigos. Pida su modelo al abogado o a la autoridad receptora antes de firmar nada: rehacer un poder significa rehacer también la notarización y la apostilla.